A pesar de lo mucho que queda por hacer, un logro - "Instructivo de trámites MERCOSUR" - que merece ser festejado, pero sobre todo conocido por todos y todas las migrantes...
La Dirección Nacional de Migraciones señaló (abajo el documento original, solo que lo transcribimos aquí para que tenga una mejor lectura) que por medio de "las actuaciones mencionadas, se apruebe el "INSTRUCTIVO DE TRÁMITES MERCOSUR", que establece los parámetros a los que deberán ajustarse los prcedimientos de trámites iniciados por ciudadanos nativos de Estados Parte y asociados al MERCOSUR en nuestro país.
Que el mencionado instrumento constituye una herramienta esencial para la correcta aplicación de la normativa migratoria por parte de las autoridades encargadas de regularizar la situación migratoria de los mencionados extranjeros de todo el país.
Que resulta imprescindible generar mecanismos de control sobre el accionar de los agentes de la Dirección Nacional de Migraciones, con el ánimo de garantizar a los extranjeros los derechos que la Constitución Nacional y la Ley 25.871 les han otorgado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA-JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la debida intervención que le compete mediante su Dictamen Nº5010.
Que la presente medida se dicta en concordancia con las previsiones de la Ley Nº25.871, y en el uso de las facultades conferidas por el Decreto 180 del 28 de diciembre de 2007.
Por ello, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES dispone:
Artículo 1º: Apruébese el “INSTRUCTIVO DE TRÁMITES MERCOSUR”, al que deberán ajustarse la totalidad de trámites iniciados por ciudadanos nativos y naturalizados de los Estados parte y asociados al MERCOSUR, y que obra en el presente como ANEXO I.
Artículo 2º: Regístrese. Por la Dirección General de Inmigración comuníquese e instrúyase a todas las áreas que le dependen. Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE DELEGACIONES comuníquese e instrúyase a las distintas delegaciones y oficinas migratorias de esta DIRECCIÓN NACIONAL. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. …
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